PAGO DE INCAPACIDADES LABORALES Entidades del sistema de seguridad social deben reducir paulatinamente las diligencias personales de los afiliados que superan los 180 días de incapacidad: Corte Constitucional
La Corte exhorta a Colpensiones para que ajuste los trámites internos que involucren la atención de personas en estado de incapacidad, eliminando en la mayor medida posible la participación directa de la persona afectada en su salud.
Publicado por Artículo20 en: 2021/04/08
Corte Constitucional-Sentencia-2020-N
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