CONSULTA PREVIA DE COMUNIDAD AFRODESCENDIENTE Negado amparo a la identidad étnica y cultural, al no acreditarse afectación por construcción de planta de almacenamiento de gas licuado de petróleo en Zona Franca Permanente de Cartagena
Aunque la Corte negó el amparo tras considerar que no se vulneró los derechos de la comunidad étnica por la no realización de consulta previa, le reiteró al Establecimiento Público Ambiental de Cartagena y a las autoridades ambientales competentes el deber de vigilar el estricto cumplimiento de las medidas de mitigación de riesgos e impacto ambiental y permitir que la comunidad accionante conozca las medidas contempladas en los planes de manejo ambiental.
Publicado por Artículo20 en: 2021/07/01
Corte Constitucional-Sentencia-2021-N
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