DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Distinción entre la acción reivindicatoria y la reclamación respecto de un bien común particular: Corte Suprema
“Interpretación de la demanda: el hecho de que en la demanda no se señale -de forma expresa- que los demandantes actúan en nombre y para beneficio de la comunidad, impone para el juzgador el despliegue de la tarea hermenéutica, con el propósito de blindar el derecho sustancial”.
Publicado por Artículo20 en: 2021/08/02
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2021-N
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