Llamado de atención a la administradora de pensiones de la Policía Nacional, CASUR, para que se abstenga de imponer barreras administrativas en el reconocimiento de una sustitución de retiro
La imposición de requisitos o formalidades por parte de una administradora de pensiones distintas a las exigidas por la ley pensional, para suspender o diferir el estudio de un reconocimiento pensional, suponen una lesión al debido proceso administrativo: Corte Constitucional.
Publicado por Artículo20 en: 2021/09/10
Corte Constitucional-Sentencia-2021-N
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