Así se debe calcular la prima de bonificación por servicios en las pensiones de servidores de la Rama Judicial: Consejo de Estado
Ratificado fallo en el cual se reitera que la pensión de los servidores de la Rama Judicial solo debe incluir un doceavo de la bonificación por servicios y no su totalidad. Con ese argumento, la Corporación declaró nulo el acto por medio del cual la UGPP se había visto obligada a conceder el pago de una pensión con base en el 100% de esta bonificación.
Publicado por Artículo20 en: 2021/09/23
Consejo de Estado--2021-N
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