FALLO EN CONCIENCIA Aunque no tiene personería jurídica, Fomag podría ser considerado como “entidad pública” para efectos del recurso de anulación contra laudos arbitrales
Tras un análisis que dejó un saldo de cinco aclaraciones de voto y un salvamento, la Sala se declaró competente para conocer el recurso de anulación del laudo celebrado entre Fiduprevisora S.A. -como administradora de los recursos del Fomag- y la unión temporal Magisalud 2 por controversias en el marco de un contrato de prestación de servicios médico-asistenciales. Finalmente, el recurso no prosperó.
Publicado por Artículo20 en: 2021/11/22
Consejo de Estado--2021-N
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