Corte Constitucional ordena al Inpec y a MinJusticia adoptar medidas para procurar el derecho fundamental a la visita íntima en los centros de reclusión
El Inpec no deberá suspender nuevamente las visitas íntimas al interior de los centros de reclusión, salvo que resulte absolutamente necesario ante la ineficacia de las demás alternativas. Por su parte, el Ministerio de Justicia deberá procurar que la faceta prestacional del derecho fundamental a la visita íntima retorne gradualmente a niveles previos a la pandemia.
Publicado por Artículo20 en: 2021/12/06
Corte Constitucional-Sentencia-2021-N
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