Corte Constitucional hace un llamado de atención a las administradoras de pensiones para que apliquen enfoque de género al estudiar el reconocimiento de prestaciones económicas
Negativa de pensión con el argumento de no haber sido demostrada la convivencia -estando en realidad suficientemente probada- porque “la sociedad conyugal fue liquidada” vulnera derechos fundamentales de quien se encuentra en condición de vulnerabilidad socioeconómica.
Publicado por Artículo20 en: 2021/12/17
Corte Constitucional-Sentencia-2021-N
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