TUTELA CONTRA DECISIONES JUDICIALES Presentación de la demanda interrumpe el término de prescripción de la acción cambiaria, siempre que sea notificada en el término de un año: Corte Constitucional
El año se contabiliza a partir de que se dicte el respectivo mandamiento de pago. Sin embargo, jurisprudencialmente se ha señalado que el transcurso de dicho término no puede ser evaluado de manera objetiva, sino que se debe analizar si ello se debe a la negligencia del demandante.
Publicado por Artículo20 en: 2022/04/25
Corte Constitucional-Sentencia-2021-N
|