RELIQUIDACIÓN PENSIÓN DE JUBILACIÓN Factores salariales que se deben incluir en el IBL para la pensión de vejez de los servidores públicos beneficiarios de la transición son únicamente sobre los que se han efectuado aportes
EL IBL del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 hace parte del régimen de transición para los beneficiarios que se pensionen con los requisitos de edad, tiempo y tasa de reemplazo del régimen general de pensiones previsto en la Ley 33 de 1985.
Publicado por Artículo20 en: 2022/04/12
Consejo de Estado--2021-N
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