Consejo de Estado declara que EPM incumplió parcialmente el contrato celebrado con el Municipio de Copacabana al no facturar el impuesto de alumbrado público por más de tres años
La Sala declaró el incumplimiento parcial del contrato por la no facturación y recaudo del impuesto de alumbrado público por el período comprendido entre junio de 2007 a febrero de 2011 y, en consecuencia, condenó a EPM al pago de perjuicios en la cuantía que se establezca dentro del trámite incidental.
Publicado por Artículo20 en: 2022/04/22
Consejo de Estado--2022-N
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