Corte advierte que, con independencia de la orientación sexual del solicitante, las AFP no pueden exigir sentencia que declare la unión marital como requisito de la sustitución pensional
“Las exigencias diferentes a las establecidas por el Congreso de la República deben
someterse al criterio de necesidad. Según este, solamente son válidos los requisitos
a través de los cuales es posible demostrar el cumplimiento de las condiciones
contempladas en la ley”.
Publicado por Artículo20 en: 2022/08/25
Corte Constitucional-Sentencia-N/A
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