Pensiones extralegales causadas después del 17 de octubre de 1985 son compartibles con la de vejez, salvo estipulación expresa en contrario
Los empleadores inscritos en el ISS que reconozcan a sus trabajadores afiliados pensiones de jubilación consagradas en convenciones colectivas continuarían cotizando para los seguros de invalidez, vejez y muerte, hasta cuando los asegurados cumplan los requisitos exigidos por el Instituto para otorgar la pensión de vejez.
Publicado por Artículo20 en: 2022/09/06
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2022-N
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