Texto fallo: Corte ordena modificar el titular de cuenta en la que se paga el porcentaje de mesada pensional de menor de edad, pues quien recibía el dinero no lo invertía en su manutención y cuidado
“Cuando se trata de una evidente vulneración a los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes o de la inminente urgencia de protección de sus garantías fundamentales, las entidades deben analizar la posibilidad de otorgar el pago de las mesadas pensionales a quienes tengan la titularidad del derecho de su custodia legal”.
Publicado por Artículo20 en: 2022/10/03
Corte Constitucional-Sentencia-2022-N
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