DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL Separación temporal de la pareja no termina la comunidad de vida y la permanencia de la unión marital de hecho: Corte Suprema
La Corte Suprema aclaró que “el alejamiento de la pareja por un breve tiempo para reanudar ulteriormente la unión marital, carece de virtud para destruirla”. Así mismo, indicó que las relaciones extramaritales, per se, tampoco ponen fin a la existencia de la unión.
Publicado por Artículo20 en: 2022/12/21
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-N/A
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