Compra de predios para áreas de interés para acueductos municipales y regionales se focalizarán en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas
MinAmbiente se refiere a la compra de predios con recursos provenientes del artículo 111 de la ley 99 de 1993, los cuales podrán focalizarse también en en las áreas y ecosistemas estratégicos identificados en el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales, sin perjuicio de poderse realizar la adquisición en cualquier parte del territorio nacional.
Publicado por Artículo20 en: 2022/12/23
MinAmbiente--Concepto--2022-N
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