En ejercicio de la función preventiva, Procuraduría General no puede acceder masivamente a los datos personales que reposan en bases de datos administradas por entidades públicas
Tampoco será posible su acceso cuando las bases de datos sean administradas por particulares que cumplan funciones públicas. El interés por identificar incrementos patrimoniales, en sí mismo, no justifica el acceso a la información del Runt por parte de la Procuraduría General.
Publicado por Artículo20 en: 2023/03/15
Consejo de Estado--2021-N
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