CONTRATO REALIDAD Corte expone la forma en que deben realizarse los cálculos para las condenas por salarios de docentes que devenguen hora cátedra, en casos en que no se acreditó el valor
El cálculo al que se refiere la Corte corresponde a los casos en que están acreditados los extremos de la relación y el número de horas laboradas, pero no su valor, para lo cual debe tenerse en cuenta el artículo 106 de la Ley 30 de 1992.
Publicado por Artículo20 en: 2023/03/30
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2023-N
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