Precisiones Consejo de Estado sobre la falta de entrega de información remitida con el primer envío a través de servicios informáticos para calificar como contribuyente del régimen tributario especial
La consecuencia jurídica de la falta de entrega del contenido de la información remitida con el primer envío efectuado a través de los servicios informáticos electrónicos no sería el rechazo definitivo de la solicitud de calificación como contribuyente del régimen tributario especial.
Publicado por Artículo20 en: 2023/05/05
Consejo de Estado--2023-N
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