No será necesaria interpretación prejudicial sobre una norma, si el Tribunal Judicial de la Comunidad Andina ya se ha pronunciado sobre ella
Consejo de Estado resolvió dar aplicación a la doctrina del «acto aclarado». Allí el Tribunal Judicial de la Comunidad Andina (TJCA) concluyó que los jueces nacionales no estarán obligados a solicitar interpretación prejudicial a instancias suyas, tratándose de normas alrededor de las cuales ya se pronunció.
Publicado por Artículo20 en: 2023/05/11
Consejo de Estado- Auto-2023-N
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