Corte declara inexequible norma que permitía al Instituto Nacional de Vías Regionales suscribir contratos por contratación directa con organizaciones sociales, sin límite de cuantía
La inexequibilidad se declaró respecto de las expresiones «salvo las excepciones que se establecen en el artículo 35 del presente decreto» e «y las excepciones contempladas en el presente decreto», contenidas en los artículos 1 y 9.5 del Decreto Ley 1961 de 2023, respectivamente, y del parágrafo 1 del artículo 35 del mismo decreto ley.
Publicado por Artículo20 en: 2024/10/08
Corte Constitucional-Comunicado Sala de Revision-2024-N
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