Inidoneidad del testimonio como prueba calificada en casación si no se acredita previamente un yerro manifiesto en prueba hábil
Subtemas: Requisitos de acreditación de la convivencia para acceder a la pensión de sobrevivientes, alcance del artículo 13 de la Ley 797 de 2003 frente a la calidad de beneficiario, valoración de la investigación administrativa realizada por la entidad pensional, libertad probatoria y formación del convencimiento del juez laboral bajo la sana crítica, improcedencia del testimonio como prueba calificada para estructurar error de hecho en el recurso de casación.
Publicado por Artículo20 en: 2026/03/03
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-N/A
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