Señala esta iniciativa radicada por el Ministro de Ambiente, Juan Lozano Martínez, que la administración y manejo del sistema de parques nacionales naturales y la coordinación del sistema nacional de áreas protegidas, estarán a cargo de una Unidad Administrativa Especial, denominada Parques Nacionales Naturales de Colombia, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente, adscrita al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D.C. la cual podrá establecer regionales en distintos lugares del territorio nacional.
Según el PL-2008-N081S, las funciones generales de Parques Nacionales Naturales de Colombia serán las siguientes: Administrar y manejar el sistema de parques nacionales naturales, así como reglamentar el uso y el funcionamiento de las áreas que lo conforman; proponer e implementar las políticas, planes, programas, proyectos, normas y procedimientos relacionados con el sistema de parques nacionales naturales; adelantar los estudios necesarios para la reserva, alinderación, delimitación, declaración y ampliación de las áreas del sistema de parques nacionales naturales; proponer las políticas, planes, normas y procedimientos relacionados con el sistema nacional de áreas protegidas y con los sistemas regionales de áreas protegidas, entre otras.
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