Actividades de hospedaje y alimentación prestadas por Cajas de Compensación no están sujetas al impuesto sobre la renta
Si una Caja de Compensación Familiar obtiene ingresos por actividades de recreación y desarrollo social y no ejecuta actividades mercantiles, industriales o financieras, como en el presente caso, no se genera el hecho que da lugar a considerarlas contribuyentes del impuesto sobre la renta, de conformidad con el artículo 19-2 del Estatuto Tributario.
Publicado por Artículo20 en: 2013/03/21
Consejo de Estado- Sentencia-2012-N
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