En firme Laudo Arbitral que obligó al IDU a pagar más de 14 mil millones a constructora contratada por Transmilenio
El Laudo arbitral en que se condenó a IDU y Transmilenio fue fallado en derecho y no en equidad, por lo que, para adoptar ésta decisión, “el juez arbitral se sujetó a lo previsto en los artículos 217 y 218 del Código de Procedimiento Civil y que a partir de la valoración de las probanzas allegadas al plenario encontró probada la tacha por sospecha”.
Publicado por Artículo20 en: 2015/03/03
Consejo de Estado--2014-N
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