EN FIRME ELECCIÓN DE REPRESENTANTE POR ANTIOQUIA Para las elecciones de Congreso de 2018 habrá nueva y unificada jurisprudencia sobre inhabilidades de candidatos
Para las próximas elecciones, la interpretación del factor temporal de la inhabilidad contenida en numeral 5 del artículo 179 Constitucional, es que aquella se entenderá materializada si se ejerce autoridad desde el día de inscripción de la candidatura al cargo de elección popular y hasta la fecha en la que efectivamente se declare la elección del candidato.
Publicado por Artículo20 en: 2015/05/07
Consejo de Estado--2015-N
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