AL ACCIONAR LA CADUCIDAD HABÍA EXPIRADO A la Sala no le es posible analizar la nulidad del contrato separada de la nulidad del acto de adjudicación
“Si la invalidez del contrato estatal es la consecuencia de la ilicitud de esos actos administrativos, hay que declarar la ilegalidad de estos para poder decretar la nulidad absoluta de aquel” y para que ocurra, tal declaratoria de ilicitud debe pretenderse en la demanda, pues ese extremo no es objeto oficioso “como sí lo podría ser la nulidad absoluta del contrato”: Consejo de Estado.
Publicado por Artículo20 en: 2015/06/11
Consejo de Estado--2015-N
|