EN MATERIA DEL IMPORRENTA El concepto tributario que se aplica como guía para el contribuyente es el vigente cuando concluye el periodo gravable
La Sala reiteró que la doctrina de la DIAN sirve de guía para la actuación de los particulares cuando se encuentra vigente y que, en virtud del principio de la buena fe, la Administración debe acatarla, así como que en materia del impuesto sobre la renta el concepto tributario aplicable es el vigente cuando concluye el periodo gravable.
Publicado por Artículo20 en: 2015/06/25
Consejo de Estado--2015-N
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