Análisis de la protección a la mujer contra la violencia, su derecho a un recurso judicial efectivo y a la no repetición
La Corte previene a la Fiscalía General y a los Despacho Judiciales del País para que una vez reciban una denuncia por violencia intrafamiliar o violencia de género tienen posición garante frente a las lesiones que pueda sufrir la víctima de no adoptarse las medidas contempladas en la Ley 1257 de 2008.
Publicado por Artículo20 en: 2016/03/11
Corte Constitucional-Sentencia-2015-N
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