NO EXISTEN MÁS REGLAS DE COMPETENCIA Sólo hay una regla en materia de tutela que fija la competencia contra la demandada: Las dirigidas contra la prensa
Sobre el Decreto 1382 de 2000, la Corte ha establecido que el mismo consagra reglas de Reparto mas no de fijación de Competencias. Salvo la regla indicada en el título de esta nota, Despacho Judicial que reciba en reparto la acción de tutela, debe tramitarla y resolverla sin dilación.
Publicado por Artículo20 en: 2016/03/17
Corte Constitucional-Auto-2015-N
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