Desistimiento tácito de la demanda se presenta cuando el demandante no acredita el pago de los gastos ordinarios del proceso dentro del término otorgado por el juez
Gastos ordinarios del proceso – El no acreditar su pago dentro del término fijado por el juez, lo faculta para decretar el desistimiento tácito de la demanda / / Pago de los gastos ordinarios del proceso – Efectuarlo dentro del trámite del recurso de apelación contra el auto que decretó el desistimiento tácito, hace procedente revocar éste último.
Publicado por Artículo20 en: 2017/04/19
Consejo de Estado--2016-N
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