Por regla general la acción de tutela es improcedente contra el trámite de un proceso de revisión adelantado por la Corte Constitucional en sede de tutela
La sentencia también trata sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela cuando se presume una vulneración de derechos fundamentales dentro de un proceso de revisión por posibles vicios de procedimiento, sobre los impedimentos y recusaciones en sede tutela y sobre las características del incidente de nulidad.
Publicado por Artículo20 en: 2016/12/22
Consejo de Estado--2016-N
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