LAS MODALIDADES DEL FRAUDE ELECTRÓNICO Por fraudes electrónicos no realizados desde la IP de la empresa ni por un empleado suyo, entidad bancaria debe reparar perjuicios
La Corte Suprema de Justicia, para tomar su decisión, analizó los objetivos de control y controles que una entidad financiera debe contemplar en su sistema de gestión del riesgo, destacando las transacciones electrónicas y el e-commerce. Así mismo, analizó el deber de las entidades financieras al control de acceso.
Publicado por Artículo20 en: 2017/02/03
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2016-N
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