Bajo los entendidos aquí indicados, declaran la legalidad de dos apartes del ET de Villavicencio de 2001 sobre el impuesto predial de las entidades oficiales y de las construcciones que realicen
La sujeción pasiva de las “entidades oficiales de todos los órdenes” opera respecto de todos los inmuebles de naturaleza fiscal, incluidos los de las entidades señaladas en el artículo 61 de la Ley 55 de 1985, y de todos los bienes de uso público explotados económicamente, que se encuentren en concesión y/o estén ocupados por establecimientos mercantiles, en los términos de la ley.
Publicado por Artículo20 en: 2017/04/20
Consejo de Estado--2017-N
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