Corte protege a Entidad sin Ánimo de Lucro a quien, en proceso ejecutivo singular, se le embargó y secuestró cuentas bancarias y bienes muebles de su propiedad
Corte advierte a la autoridad judicial demandada que debe, al proferir sus providencias, tener especial cuidado de verificar que éstas no afecten los derechos fundamentales de las partes, especialmente de aquellas personas que se encuentren en especiales condiciones de vulnerabilidad.
Publicado por Artículo20 en: 2017/06/07
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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