CESIÓN DE DERECHOS LITIGIOSOS La aceptación del cedido como supuesto para el perfeccionamiento de la sustitución procesal
Partes procesales. Aceptación de la cesión de derechos litigiosos. La cesión de derechos litigiosos no implica necesariamente que opere el fenómeno de la sustitución procesal, a menos que quienes integran la parte demandada la autoricen expresamente. Actor: Ingeniería y Consultoría Ingecon S.A. y otros. Demandada: Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- y el Consorcio CCU.
Publicado por Artículo20 en: 2017/06/23
Consejo de Estado--2017-N
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