Texto fallo: La garantía de vacunación a niñas contra el Virus del Papiloma Humano se debe entender que cobija a quienes estén o no escolarizadas
La Corte declaró exequible el artículo 1 de la Ley 1626 de 2016, por el cargo analizado, en el entendido de que la alusión al grado de escolaridad tiene carácter meramente referencial sobre el grupo etario objetivo y que la garantía allí prevista se predica de las niñas escolarizadas y no escolarizadas.
Publicado por Artículo20 en: 2018/03/02
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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