ACTIVIDAD CONTRACTUAL. ALUMBRADO PÚBLICO La Contraloría General no tenía competencia para iniciar proceso sancionatorio fiscal, por alumbrado público, contra alcalde municipal
El efecto ex tunc de la sentencia que declaró nulo el numeral 1 del artículo 12 del Decreto 2424 de 2006, significa que la Contraloría General de la República no tuvo ni tiene competencia permanente sobre la actividad contractual de los distritos y los municipios para la prestación del servicio de alumbrado público.
Publicado por Artículo20 en: 2017/07/21
Consejo de Estado--2017-N
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