Aunque sea titular de una pensión de invalidez de origen laboral, ésta modalidad pensional es compatible con aquella que cubre el riesgo por vejez
Esta Corte ha reconocido que las pensiones de sobrevivencia y las de invalidez que surgen por contingencias de origen laboral, son compatibles. Ello, pues protegen al afiliado de la materialización de riesgos diferentes y no existe ninguna normatividad que las haga excluyentes entre sí.
Publicado por Artículo20 en: 2017/09/08
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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