Restricción de Ley de Garantías a contratos de administración y contratos de comodato suscritos entre entidades estatales
Los convenios interadministrativos sólo se celebran entre las entidades estatales a que se refieren las leyes 80 de 1993 y 489 de 1998, siempre y cuando los convenios tengan como objetivo cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo.
Publicado por Artículo20 en: 2018/03/15
Col-Compra-Eficiente--Concepto--2017-N
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