SENTENCIA DE UNIFICACIÓN Beneficiarios de sub y oficiales fallecidos en simple actividad con anterioridad a la vigencia del Decreto 4433 de 2004 y después de Ley 100, podrán obtener pensión de sobrevivientes
Régimen pensional y de asignación de retiro de la fuerza pública. Orden de beneficiarios que deberá tenerse en cuenta para efectos del reconocimiento pensional. Principio de inescindibilidad y de favorabilidad. Marco normativo de la pensión de sobreviventes. Competencia del Consejo de Estado para proferir sentencia de unificación.
Publicado por Artículo20 en: 2018/06/29
Consejo de Estado--2018-N
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