PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no tramitarán cobro coactivo por obligaciones de SPD contra empresas acogidas al proceso de reorganización
Se denomina acuerdo de reestructuración la convención que, en los términos de la presente ley, se celebre a favor de una o varias empresas con el objeto de corregir deficiencias que se presenten en su capacidad de operación y para atender obligaciones pecuniarias.
Publicado por Artículo20 en: 2018/12/26
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