NULIDAD ORIGINADA EN LA SENTENCIA No procedió Causal Quinta del extraordinario de revisión pues el principio de congruencia no fue desconocido por fallador de segunda instancia
Sanción disciplinaria. La parte actora sostuvo que el Tribunal Administrativo no analizó la culpabilidad como elemento de la responsabilidad, ni los elementos de prueba que demostraban las deficiencias de la planta de personal para responder a las funciones de la Alcaldía Local.
Publicado por Artículo20 en: 2019/01/18
Consejo de Estado--2018-N
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