Consejo de Estado explica los tres elementos que deben observar los jueces para declarar la nulidad oficiosa de contratos jurídicos por vicios del consentimiento
En firme fallo que declaró no probada la excepción de falta de legitimación en la causa en demanda que pretendía la anulación parcial del Acta de Liquidación del Contrato suscrito entre IDU y la Unión Temporal Vías y Construcciones S.A. Vicon S.A, cuyo objeto consistía en la Evaluación y Rehabilitación de la Avenida Boyacá y otros.
Publicado por Artículo20 en: 2019/04/04
Consejo de Estado--2019-N
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