Enfrentamiento de dictámenes de la Junta Regional y de la Nacional, no faculta al juez laboral para configurar uno propio con elementos de aquellos
La Corte explicó que en los casos en que se presenten controversias entre un dictamen de la Junta Regional y otro de la Nacional, los jueces laborales están facultados para escoger el de mayor credibilidad siempre que lo tomen en su completa integridad, pues no le está dado tomar elementos de ambos para configurar uno nuevo.
Publicado por Artículo20 en: 2019/05/27
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2019-N
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