Enajenación de activos fijos. Personas naturales. Descriptores: Retención en Imporrenta. Fuentes formales: Artículos 375 a 382, 398 y 401 del Estatuto Tributario Articulo 57 de la Ley 1943 de 2018 Artículo 1.2.4.9.1. del Decreto 1625 de 2016
En los casos en que la notaria deba actuar como agente de retención, está sujeta al cumplimiento de las obligaciones que se generan de esta calidad, contenidas en los artículos 375 a 382 del Estatuto Tributario.
Publicado por Artículo20 en: 2019/06/19
DIAN--Concepto--2019-N
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