¿Cómo se distingue una asociación gremial para no confundirse con la de simple asociación? Descriptores: No contribuyentes del imporrenta. Asociaciones gremiales. Fuentes formales: Arts. 19 y 23 del E.T., Art. 1.2.1.5.1.2 del Decreto 1625 de 2016
“Es importante tener claro el concepto de asociación gremial por cuanto es posible que una asociación gremial se confunda con la simple asociación a que hace referencia el artículo 19 del estatuto tributario, y de encajar allí, habría lugar a declarar renta y a cumplir con todas las formalidades del régimen tributario especial”:Dian.
Publicado por Artículo20 en: 2019/07/15
DIAN--Concepto--2019-N
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