Para la elaboración de proyectos de explotación minera es necesario contar con un Estudio de Impacto Ambiental acorde a los términos de referencia de la Resolución 2206 de 2016
En los casos que no se hayan expedido los términos de referencia genéricos para la elaboración del EIA de un proyecto, obra o actividad determinado, compete a las autoridades ambientales, fijarlos de forma específica para cada caso dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
Publicado por Artículo20 en: 2019/12/02
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