DESTINACIÓN ESPECÍFICA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL No suspendido aparte del Estatuto Tributario de Santander según el cual proveedores que no hacen parte del sistema de seguridad social en salud son objeto de estampillas departamentales
Prohibición constitucional y legal de gravar los recursos provenientes del Sistema General de Seguridad Social. El aparte demandado es el inciso 2 del artículo 206 de la Ordenanza 077 de 2014, expedida por la Asamblea Departamental de Santander.
Publicado por Artículo20 en: 2020/04/17
Consejo de Estado--2019-N
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