PENSIÓN DE VEJEZ Corte Suprema expone las fechas máximas de la vigencia del régimen de transición pensional y los requisitos para obtener la calidad de beneficiario
Para el reconocimiento de la pensión de vejez del Acuerdo 049 de 1990 los afiliados deberán acreditar un mínimo de quinientas semanas de cotización pagadas durante los últimos 20 años anteriores al cumplimiento de las edades mínimas o haber acreditado mil semanas de cotización en cualquier tiempo.
Publicado por Artículo20 en: 2021/06/11
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2021-N
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